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Penas de hasta 6 años de cárcel para las páginas de enlaces

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  • El Gobierno podría aprobar mañana una reforma del Código Penal que perseguiría, por primera vez, a los propietarios de páginas que enlazan archivos alojados en servidores de descarga.

Tal y como pública hoy el diario EL PAÍS, el Consejo de Ministros que se celebrará mañana, viernes 20 de septiembre, podría aprobar el borrador de la reforma de la ley Sinde que ha preparado el Ministerio de Justicia y que, como punto más destacado, contemplaría penas de hasta 6 años de cárcel para los responsables de las webs de enlaces: páginas que, pese a no albergar contenidos protegidos por los derechos de autor, muestran el enlace a servidores de descarga (Mega, Rapidshare, Freakshare, Bitshare…), o gestores P2P (Emule, Torrent) que sí contienen el archivo de descarga de esas películas, capítulos o canciones protegidos con copyright. El Código Penal vigente no hacía referencia expresa a este tipo de páginas.

Literalmente, el borrador incluye una sanción “de entre 6 meses y 4 años de cárcel a quien en la prestación de servicios de la sociedad de la información, facilite el acceso o la localización de obras o prestaciones protegidas ofrecidas ilícitamente en Internet”, creando “listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y prestaciones referidas[...] aunque dichos enlaces hubieran sido facilitados inicialmente por los destinatarios del servicio”. La pena de 6 años se aplicaría en casos excepcionales valorando la gravedad del delito (volumen de dinero generado o valor y número de obras enlazadas).

Sin entrar a valorar la adecuación o no de la nueva norma al contexto de nuestra sociedad, sí querría hacer una aclaración que, aunque resulte obvia, matiza una opinión generalizada entre los usuarios de este tipo de páginas. Si bien es cierto que, con la antigua legislación, algunos jueces, con la norma en la mano, no consideraron ilegal la actividad de algunas páginas de enlaces, un cambio de legislación anula los precedentes jurídicos. Dicho de otra manera, si la ley cambia, los jueces tendrán que mediar en los nuevos conflictos que surjan alrededor de la piratería atendiéndose a lo que dicta la nueva norma. Así, sentencias anteriores no servirán como justificación para defender la legalidad o ilegalidad de este tipo de servicios.

El borrador podría sufrir todavía algún cambio, pues hasta última hora se prevé un tira y afloja entre los responsables del Ministerio de Cultura (en defensa de los creadores) y el de Industria (que busca proteger los derechos de los operadores). Con todo, la modificación de la Ley parece inevitable, dada la poca efectividad que ha mostrado tener la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, organismo de mediación creado por la ley Sinde-Wert que en 2012 ordenó  recibió 391 solicitudes de retirada de contenidos en páginas que vulneraban los derechos de autor. De ellas, tan sólo 74 webs retiraron los contenidos fraudulentos. En declaraciones a EL PAÍS, Carlota Navarrete, de la Coalición de Creadores, afirma que el año pasado se contabilizaron 3.051 millones de descargas ilegales, con un agravio al sector cultural de unos 1.220 millones de euros.



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